AFILIADO: Comerciante matriculado o inscrito en el registro mercantil con antigüedad de dos (02) años, que previa solicitud voluntaria es aceptado por el comité de afiliación para ostentar tal calidad y ser acreedor a ciertos servicios especiales que la ley y este reglamento le confiere.
MATRICULADO: Persona que realiza actividades comerciales y que cumple con la formalidad de estar inscrito en el registro mercantil en cumplimiento al código de comercio.
CUOTA DE AFILIACION: Valor que se cancela anualmente, para pertenecer y mantener la calidad de afiliado.