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Cámara

Nuestra institución

Misión

Promover el desarrollo económico y social de la región, que permita la competitividad, crecimiento y sostenibilidad de los empresarios con todos los actores gubernamentales y no gubernamentales.

Visión

En el año 2027, consolidarnos como Entidad líder que promueva el desarrollo económico, social y ambiental de la región Pacífica nariñense; permitiendo la competitividad, el crecimiento y sostenibilidad de los empresarios, articulando conocimientos, experiencias y procesos en alianzas estratégicas con todo el actor gubernamental y no gubernamentales.

Historia

La cámara de comercio de Tumaco, fue creada a solicitud de los comerciantes de la cuidad de San Andrés de Tumaco, mediante decreto ejecutivo No. 58 del 15 de enero de 1932 y reglamentada por la gobernación de Nariño con el decreto No. 191 del 20 de abril del mismo año, bajo la presidencia del Dr. Enrique Olaya Herrera.

Su jurisdicción abarca los 10 municipios de la costa pacifica Nariñense; Tumaco, Barbacoas, El Charco, Francisco Pizarro la Tola, Maguis, Mosquera, Olaya Herrera, Santa Bárbara y Roberto payan.

El 10 de Octubre de 1947, un incendio destruyo las oficinas de la Entidad y todo el comercio de Tumaco, por lo tanto no existe archivo de esa época.

Para los años 50 la cámara de comercio trabajó en la reconstrucción y recuperación de la economía del puerto, impulsando y gestionando obras tan importantes como: el alumbrado eléctrico, el suministro de agua potable, la organización del cuerpo de Bomberos, la construcción del puente del morro, la canalización de la entrada al puerto para embarcaciones de colado superior, la construcción de la carretera Diviso -Tumaco, el relleno de la isla viciosa con Tumaco; así mismo gestionó la apertura de la sucursal del banco popular e impulso la siembra del banano, el arroz y las maderas.

El 25 de octubre de 1956, con instrumento publico No.160, se protocoliza el acta de instalación de la cámara de comercio de Tumaco.

En los años 60 gestionó, con Avianca el envió de aviones DC3, con INSFOPAL la instalación de dos tanques elevados dentro de los limites de la población, con la empresa de energía el aumento de la cantidad de fluido eléctrico de Tumaco, gestiono partidas para los colonizadores del rió Mira y convenio con caja de crédito Agrario para la otórgales créditos a los campesinos.

En los años 70 debido a la intervención de la cámara de comercio ante Telecom fue posible la instalación del servicio de larga distancia en el puerto, en esta década la Entidad también trabajo en la solución del problema de transporte de cemento, lidero la construcción y adecuación de la carretera Tumaco – Pasto, la coordinación de Proexpo (el cual fue el primer simposio sobre el puerto de Tumaco); al interior de la organización se compra el lote para la construcción del edificio sede para la Cámara de Comercio de Tumaco, para el mismo fin se aprueba el diseño arquitectónico y se aprueba el reglamento interno que la regirá.

El 12 de Diciembre de 1979 con el maremoto de Tumaco, la Entidad se enfrenta a la destrucción de la mayor parte de comercio, su participación resulto crucial y definitiva para la realización de proyectos que impulsaran nuevamente el desarrollo económico y social de los municipios de la costa Nariñense.

En los años 80 se producen grandes cambios al interior y al exterior de la Entidad, en esta década la organización participo como coordinadora de las obras de adoquinamiento de las calle del puerto exportador de café, en la construcción de muelles comunitarios, además se realizo el primer foro de desarrollo económico de la costa del pacífico.

En 1983 gracias a los aportes e iniciativas de la entidad, Tumaco fue instituido como Distrito Fronterizo y escogido como seccional de la corporación Autónoma Regional de Nariño, mediante Decreto No. 3455 del mismo año.

El 16 de Noviembre de 1985, se inauguró la nueva sede de la cámara de comercio de Tumaco.

En 1989 ingresó a la Asociación de cámaras de comercio del suroccidente «ASOCAMARAS».

En la década de los 90 se moderniza la Entidad con equipos de computación y software, se modifican los estatutos y el reglamento interno, se aprueba el logo simbólico de dinamismo y modernidad, se realizan mejoras locativas y se acondiciona el auditorio con equipos logísticos modernos; también se lleva a cabo la primera, segunda y tercera feria empresarial, el primer foro regional de pesca y acuacultura, así como la primera muestra artesanal con elementos del medio, intervino además ante la presidencia de la republica, planeación nacional, ministerio de transporte e instituto Nacional de vías, presionando para la conclusión de la pavimentación de la carretera Tumaco – Pasto

El 29 de mayo de 1992 se inauguró el segundo piso de la sede de la Entidad.

En el 2000 la cámara de comercio de Tumaco sigue participando activamente en ambiciosos proyectos que orientan la actividad económica de la región en alianzas con las diferentes instancias, publicas y privadas.

Políticas Corporativas

La Cámara de Comercio de Tumaco está comprometida en la prestación de servicios de registros públicos, desarrollo empresarial a través de asesorías, promoción de negocios, capacitaciones, consultorías, acompañamiento e información básica, con altos estándares de calidad, satisfaciendo las necesidades y expectativas de las partes interesadas, cumpliendo con los requisitos legales vigente, apoyado con talento humano competente, con recursos tecnológicos, físicos y financieros adecuados, generando sostenibilidad y competitividad en la región.

Calidad de servicio

1. Asegurar el mejoramiento continuo del Sistema de Gestión de Calidad.

2. Garantizar la calidad en la prestación de los servicios de registro públicos de manera eficiente y oportuna.

3. Fortalecer las competencias y habilidades de los usuarios, mediante acompañamiento empresarial.

4. arantizar competencias del recurso humano y la cultura organizacional de impacto, innovación y calidad en la gestión.

5. Garantizar una administración eficaz y la sostenibilidad financiera en la organización.

Valores

Trabajamos con PASION y AMOR en todo lo que hacemos.

Trabajamos en EQUIPO, sumamos esfuerzos y nos colaboramos, para el logro de los objetivos.

Actuamos con INTEGRIDAD, haciendo siempre lo correcto.

Usamos la CREATIVIDAD, para generar ideas de valor que nos lleve al mejoramiento continuo de la organización y el logro de
nuestra misión.

Cultivamos RELACIONES con todos los grupos de interés en la búsqueda del desarrollo regional.

Entregamos CALIDAD en nuestros productos y servicios.

Carta de digno trato al usuario

La Cámara de Comercio de Tumaco es una entidad gremial de carácter corporativo privado, que presta los servicios de registros públicos delegados por el Estado, mediante la ejecución de actividades que promuevan el desarrollo socioeconómico de los municipios de su jurisdicción, con un talento humano comprometido para brindar servicios de calidad.

Los derechos del usuario deben ser protegidos en su integridad, razón por la cual es nuestro compromiso prestar un servicio, eficaz, ágil, oportuno, transparente y de calidad, por ello y de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 7 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), expide presente.

JURISDICCIÓN

Los municipios que conforman la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Tumaco, son:

Barbacoas, Magui Payan, Roberto Payan, Mosquera, Olaya Herrera, El Charco, Santa Bárbara Iscuandé, La Tola y Francisco Pizarro.

Nuestros servicios se brindan con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, ética, lealtad, transparencia y buena fe.

Es así como en aras de garantizar los derechos constitucionales y en concordancia con lo establecido en el nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso, Ley 1437 de 2011, se compromete a vigilar que el trato sea equitativo, respetuoso, sin distinción alguna, considerado y diligente y a garantizar a sus usuarios la atención en nuestra sede.

CANALES DE COMUNICACIÓN

La Cámara de Comercio de Tumaco se encuentra tiene su sede en la calle sucre edificio Cámara de Comercio de Tumaco y su horario de atención al público es el siguiente:

De lunes a jueves de: 7:30 – 12: 30 a.m. y de 2:00 – 5:00 p.m.

Viernes jornada continua de: 7:30 a.m. a 3:30 p.m.

Conmutador: (092) 7271577

Celular 3173002721

Telefax: 7272375

Portal Webwww.cctumaco.org

DERECHOS DEL CIUDADANO:

  1. Ser tratado con el respeto y la consideración debida acorde a la dignidad del ser humano.
  2. Recibir información y orientación clara y veraz acerca de los trámites que adelanten en nuestra entidad.
  3. Presentar peticiones, quejas, reclamos y sugerencias verbales o por escrito o por cualquier otro medio idóneo y sin necesidad de apoderado.
  4. Obtener información que repose en los registros y archivos públicos de la Cámara de Comercio de Tumaco, en los términos previstos en el sistema de Gestión de la entidad sin exceder el tiempo consagrado en la Constitución Política y las Leyes.
  5. Conocer el estado de los trámites inherentes a los registros públicos y obtener copias, a su costa de los respectivos documentos.
  6. Obtener respuesta oportuna y eficaz a sus peticiones en los plazos establecidos en el sistema de Gestión de la entidad sin exceder el tiempo consagrado en la Constitución Política y las Leyes.
  7. Recibir atención especial y preferente si se trata de personas en situación de discapacidad, niños, niñas, mujeres gestantes o adultos mayores y en general de personas en estado de indefensión o debilidad manifiesta, de conformidad con el artículo 13 de la Constitución Política.
  8. Presentar los recursos de Ley.
  9. Cualquier otro que le reconozcan la Constitución Política y la legislación que regule la materia

DEBERES DE LOS CIUDADANOS:

  1. Proporcionar un trato respetuoso y digno a los funcionarios de la Cámara de Comercio de Honda.
  2. Conocer los requisitos, procedimientos y condiciones del servicio.
  3. Solicitar, en forma oportuna y respetuosa, documentos y/o servicios.
  4. Respetar los turnos establecidos para la prestación del servicio.
  5. Cuidar las instalaciones y elementos proporcionados para su servicio, comodidad y bienestar.
  6. Obrar conforme al principio de buena fe, abstenerse de efectuar o aportar, a sabiendas, declaraciones o documentos falsos o hacer afirmaciones temerarias.
  7. Obrar conforme al principio de buena fe.
  8. Cumplir con los requerimientos o procedimientos establecidos en las normas vigentes o por la Cámara de Comercio, para acceder a los servicios o para adelantar trámites y solicitudes.
  9. Verificar los documentos que entrega para los trámites de los registros públicos.
  10. Entregar oportunamente la información correspondiente para facilitar la identificación de su trámite, solicitud o necesidad.
  11. Acatar la Constitución y las leyes.

PROHIBICIONES DE LAS AUTORIDADES:

  1. A las autoridades les queda especialmente prohibido:
  2. Negarse a recibir las peticiones o a expedir constancias sobre las mismas.
  3. Negarse a recibir los escritos necesarios para cumplir con una obligación legal, lo cual no obsta para prevenir al peticionario sobre eventuales deficiencias de su actuación o del escrito que presenta
  4. Exigir la presentación personal de peticiones, recursos o documentos cuando la ley no lo exija.
  5. Exigir documentos que reposen en la respectiva entidad
  6. Exigir documentos no previstos por las normas legales aplicables a los procedimientos de que trate la gestión o crear requisitos o formalidades adicionales no previstas en la entidad
  7. Asignar la orientación y atención del ciudadano a personal no capacitado para ello.
  8. Negarse a recibir los escritos de interposición y sustentación de recursos.
  9. No dar traslado de los documentos recibidos a quien deba decidir, dentro del término legal o remitir a la autoridad competente los mismos.
  10. Demorar en forma injustificada las respuestas a comunicaciones, notificaciones o consultas.
  11. Intimidar de alguna manera a quienes quieran acudir ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo para el control de sus actos.

TÉRMINOS DE RESPUESTA TRÁMITES Y PETICIONES:

Como máximo, la Cámara de Comercio de Tumaco responde dentro de los siguientes plazos:

Quince (15) días: Peticiones, quejas, reclamos y sugerencias.

Quince (15) días: Solicitudes de inscripción en los registros públicos

Inmediatamente: Entrega de certificados de matrícula mercantil, existencia y representación legal.

Treinta (30) días: Consultas.

Treinta (30) días: Impugnación en el RUP

Los anteriores términos se cuentan en días hábiles y a partir de la recepción de la respectiva petición.

De acuerdo con lo establecido en la Ley 1755 de 2015, cuando excepcionalmente no fuere posible resolver la petición en los plazos aquí señalados, la Cámara de Comercio antes del vencimiento del término señalado en la ley, informará de esta circunstancia al interesado expresando los motivos de la demora y señalando a la vez el plazo razonable en que se resolverá o dará respuesta, el cual no podrá exceder del doble del inicialmente previsto.

TÉRMINOS DE FIRMEZA DE LOS ACTOS DE REGISTRO

De acuerdo con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011, por a cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los actos administrativos de los registros públicos llevados por la Cámara de Comercio Tumaco, quedan en firme diez (10) días hábiles después de la fecha de inscripción, siempre que no sean objeto de recursos.

De acuerdo con lo anterior se informa que en la Cámara de Comercio de Tumaco, los días sábados no se cuentan como hábiles para el conteo de término alguno.

PRESENTACIÓN Y RADICACIÓN DE PETICIONES:

Las peticiones podrán presentarse verbalmente o por escrito, y a través de cualquier medio idóneo para la comunicación o transferencia de datos. Los recursos se presentarán conforme a las normas especiales del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Cuando una petición no se acompañe de los documentos e informaciones requeridos por la ley, en el acto de recibo la Cámara de Comercio de Tumaco deberá indicar al peticionario los que falten. Si este insiste en que se radique, así se hará dejando constancia de los requisitos o documentos faltantes.

CONTENIDO DE LAS PETICIONES:

Toda petición deberá contener, por lo menos:

  1. 1.La designación de la autoridad a la que se dirige.
  2. 2.Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante y o apoderado, si es el caso, con indicación de su documento de identidad y de la dirección donde recibirá correspondencia. El peticionario podrá agregar el número de fax o la dirección electrónica.
  3. El objeto de la petición
  4. Las razones en las que fundamenta su petición
  5. La relación de los requisitos exigidos por la ley y de los documentos que desee presentar para iniciar el trámite
  6. La firma del peticionario cuando fuere el caso La petición.

La petición se examinará integralmente y en ningún caso se estimará incompleta por falta de requisitos o documentos que no se encuentren dentro del marco jurídico vigente y que no sean necesarios para resolverla.

DESISTIMIENTO EXPRESO DE LA PETICIÓN:

Los interesados podrán desistir en cualquier tiempo de sus peticiones, sin perjuicio de que la respectiva solicitud pueda ser nuevamente presentada con el lleno de los requisitos legales, pero las autoridades podrán continuar de oficio la actuación si la consideran necesaria por razones de interés público.

PETICIONES IRRESPETUOSAS, OSCURAS O REITERATIVAS:

Toda petición debe ser respetuosa. Sólo cuando no se comprenda su finalidad u objeto, se devolverá al interesado para que la corrija o aclare dentro de los cinco (5) días siguientes. En caso de no corregirse o aclararse, se archivará la petición.

Respecto de peticiones reiterativas ya resueltas, la Cámara de Comercio podrá remitirse a las respuestas anteriores.

FUNCIONARIO SIN COMPETENCIA:

Si la Cámara de Comercio de Tumaco no es la competente para atender una petición, informará de inmediato al interesado o en su defecto contará con un plazo de diez (10) días siguientes al de la recepción de la petición, para remitir

al funcionario y/o entidad competente la petición y al peticionario enviará copia del oficio remisorio.

Los términos para decidir se contarán a partir del día siguiente de la recepción de la petición por la entidad competente.

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